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Lineamientos para la implementación y operación de Llave MX

2025 – 3 Corporativo

Lineamientos para la implementación y operación de Llave MX

El 06 de febrero de 2025, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (el “DOF”) los Lineamientos para la implementación y operación de Llave MX (los “Lineamientos”) emitidos por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (“ATDT”), con el fin de garantizar el derecho constitucional de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Dichos Lineamientos entraron en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

Los aspectos más relevantes de los Lineamientos son los siguientes:

1.    Objeto: Regular la implementación del mecanismo de autenticación de identidad “Llave MX” y sus factores de verificación para que las personas físicas o morales puedan gestionar trámites, servicios y programas sociales a través de los canales digitales habilitados por las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal.

2.    ¿Qué es la Llave MX?: Es el mecanismo de autenticación de la Administración Pública Federal la cual cuenta con diferentes niveles de verificación de información y factores de autenticación en términos de los Lineamientos.

La Llave MX será única para cada persona física y moral, intransferible y podrá ser utilizada únicamente por su titular, o su representante, como mecanismo tecnológico de autenticación ante los canales habilitados por la Administración Pública Federal para gestionar trámites, servicios o programas sociales, previa manifestación de su consentimiento a través de la plataforma que se establecerá para tales efectos (la “Plataforma”).

La Plataforma será la herramienta tecnológica por medio de la cual una persona física o moral crea una cuenta para autenticarse e identificarse digitalmente y con ello poder realizar y gestionar trámites, servicios y programas sociales ante la Administración Pública Federal.

Con base en los niveles de verificación de información y factores de autenticación, las personas podrán obtener: la Llave MX Básica y la Llave MX Verificada.

2.1.        Llave MX Básica: permitirá, cuando la naturaleza lo permita, trámites, servicios o programas sociales de manera digital de punta a punta; o bien, iniciar la solicitud de un trámite servicio o programa social de manera digital y concluirlo en forma presencial debido a la naturaleza del mismo.

2.2.        Llave MX Verificada: además de los mecanismos de control de acceso establecidos para la Llave MX Básica, podrá integrar una firma electrónica.

3.    ¿Qué trámites requieren Llave MX Básica y cuales Llave MX Verificada?:

Las dependencias, sus órganos administrativos desconcentrados y las entidades de la Administración Pública Federal, serán responsables de determinar, dependiendo de la naturaleza de los trámites, servicios y/o programas sociales a su cargo, los que requieran de Llave MX Básica o Llave MX Verificada.

4.    Validez de trámites, servicios o programas sociales morales gestionen a través de Llave MX:

Los trámites, servicios o programas sociales que las personas físicas y morales gestionen a través de Llave MX tendrán la misma validez y efectos jurídicos que los solicitados de manera presencial con documentos físicos y sustituirá progresivamente cualquier registro alterno que se haya habilitado para iniciar sesión en alguna plataforma del Gobierno de México.

5.    Notificaciones electrónicas:

Al obtener la Llave MX, los titulares aceptan expresamente recibir notificaciones por medios de comunicación electrónica en términos del artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

6.    ¿Quiénes podrán realizar trámites mediante la Llave MX?

Las personas físicas y morales, tanto nacionales como extranjeras cumpliendo con los requisitos que establecen los Lineamientos.

7.    Verificación de documentos por parte de la ATDT.

La ATDT validará en tiempo real los documentos de identificación ante la autoridad correspondiente, a fin de determinar si la información proporcionada es fidedigna y se podrá cambiar a una cuenta Llave MX Verificada.

8.    Plataformas que requieren Llave MX Verificada.

La ATDT informará a través de los canales digitales correspondientes, acerca de las plataformas de la Administración Pública Federal en las que se requiere contar con la Llave MX Verificada.

9.    Obligaciones de los titulares de Llave MX

I.       Proporcionar datos y declaraciones veraces, completos y exactos para crear una cuenta Llave MX;

II.      Custodiar adecuadamente sus credenciales de acceso vinculadas a su Llave MX, a fin de mantenerlas de manera confidencial, actualizadas y vigentes;

III.     Actualizar la información proporcionada para su autenticación digital, a fin de que ésta sea incorporada a su Llave MX;

IV.     Notificar a la ATDT en caso de pérdida, suplantación, usurpación o robo de credenciales de acceso de su Llave MX; y

V.      Las demás establecidas en la normatividad aplicable.

10.  Obligaciones de la ATDT de digitalizar los trámites y servicios:

La ATDT, en coordinación con las dependencias, sus órganos administrativos desconcentrados y las entidades de la Administración Pública Federal, será la responsable de digitalizar los trámites y servicios, lo que se llevará a cabo de forma gradual y progresiva de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y atendiendo a los criterios técnicos emitidos por la ATDT.

11.  Trámites, servicios y programas sociales que podrán solicitarse mediante el uso de Llave MX:

La ATDT dará a conocer a través del Portal Único del Gobierno de México disponible en la dirección electrónica https://www.gob.mx/ los trámites, servicios y programas sociales que podrán solicitarse mediante el uso de Llave MX, a través de canales digitales del Gobierno de México.

Todas las plataformas que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Federal utilicen para la gestión de trámites, servicios o programas sociales deberán incorporar el inicio de sesión único de Llave MX.

12.  Seguridad de la información y protección de datos personales:

La ATDT implementará: (i) medidas técnicas, físicas y administrativas apropiadas a fin de garantizar la integridad y confidencialidad del tratamiento de datos personales, de conformidad con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; (ii) mecanismos efectivos para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad; (iii) mecanismos de control de acceso y autenticación de identidad digital de la Llave MX; (iv) medidas de seguridad de la información, de conformidad con la normatividad aplicable; y (v) procedimientos para la conservación de la información relacionada a los datos de creación y verificación de la Llave MX.

La ATDT será la responsable del tratamiento de datos personales realizados a través de la plataforma y contará con un Sistema de Gestión de Seguridad de Datos Personales.

13.  Avisos de disponibilidad de Llave MX Verificada y la Firma electrónica para la Llave MX Verificada:

La ATDT, dará a conocer mediante la publicación de un aviso en https://www.llave.gob.mx/, la fecha en que se encuentre disponible la Llave MX Verificada.

La ATDT, dará a conocer mediante la publicación de un aviso en https://www.llave.gob.mx/, la fecha en que se encuentre disponible la Firma electrónica para la Llave MX Verificada.

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  Febrero 2025

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