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2026 – 5 Seguridad Social
El 16 de julio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR”, emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), mediante el cual se aprueba el uso exclusivo de la Firma Electrónica Avanzada (e.firma), cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para la realización de actos por medios electrónicos ante el IMSS, en vigor a partir del 17 de julio de 2026.
Con este Acuerdo se modifica el esquema de autenticación aplicable a los trámites electrónicos realizados por las personas empleadoras y demás sujetos obligados ante el IMSS, al disponer que la e.firma emitida por el SAT será el único mecanismo válido en los actos efectuados a través de dichos medios. Los documentos firmados con la e.firma producirán los mismos efectos jurídicos que aquellos suscritos con firma autógrafa y tendrán el mismo valor probatorio que les confieren las disposiciones aplicables.
Asimismo, se establece que, cuando una persona empleadora o sujeto obligado autorice a un representante legal para actuar en su nombre y representación, la vinculación correspondiente deberá realizarse exclusivamente mediante el Escritorio Virtual del IMSS. Para ello, tanto la persona representada como el representante deberán autenticarse y firmar utilizando su respectiva e.firma.
El Acuerdo prevé un periodo de transición de 90 días naturales para que las personas empleadoras y los sujetos obligados realicen las adecuaciones necesarias y migren al uso exclusivo de la e.firma.
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