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Como se recordará, el 20 de abril de 2015 se publicó el nuevo Reglamento de la Ley Aduanera (RLA), a través del cual, en su artículo 81, se estableció la obligación para los importadores de proporcionar como anexos a la “Manifestación de Valor” los documentos que acrediten la correcta determinación del valor en aduana de las mercancías que se importen; no obstante ello, su exigibilidad fue difiriéndose desde dicho año mediante diversas publicaciones en las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE), hasta en tanto fuera publicado el formato E2 “Manifestación de Valor”, en la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM).
Al respecto, el 1º de agosto de 2025 se publicó en el portal de la VUCEM la Hoja Informativa Número 08 “Manifestación de Valor a través de la VUCEM”, mediante la cual se informa que el formato E2 “Manifestación de Valor”, contenido en el Anexo 1 de las RGCE para 2025, ya se encuentra disponible para su presentación a través de dicho medio; siendo que mediante el formato el importador deberá proporcionar como anexos aquellos documentos a los que hace referencia el artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera.
Así, de conformidad con el Artículo Quinto Transitorio de las RGCE para 2025 la presentación de la Manifestación de Valor a las autoridades, junto con los anexos que acrediten la correcta determinación del valor en aduana, será obligatoria a partir del 9 de diciembre de 2025.
Por lo anterior, los importadores deberán dar puntual seguimiento a la entrada en vigor de la obligación de referencia y considerar las mejores prácticas para dar el cumplimiento respectivo.
Finalmente, conforme a la Hoja Informativa antes mencionada, se recomienda a los usuarios que, para facilitar la presentación de la Manifestación de Valor a través de la VUCEM, consulten la guía de usuario disponible en la sección “Ayuda - Manuales y guías de usuario - Manifestación de Valor” del portal.
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Ciudad de México
Agosto 2025
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