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2026 –1 Seguridad Social
SUSPENSIÓN CONTRA REFORMA INFONAVIT (JURISPRUDENCIA)
El 2 de enero de 2026 fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación la jurisprudencia denominada “SUSPENSIÓN PROVISIONAL. PROCEDE CONTRA LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DEL ARTÍCULO 29, PÁRRAFO PENÚLTIMO, DE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), RESPECTO DE LOS DESCUENTOS A QUE SE REFIERE SU FRACCIÓN III, SIEMPRE QUE SE GARANTICE SU PAGO (LEY DE AMPARO VIGENTE HASTA EL 16 DE OCTUBRE DE 2025)”, misma que deriva de la resolución a la Contradicción de Criterios 120/2025, la cual fue comentada en nuestro “Flash Informativo 2025-11 Seguridad Social”.
A través de esta jurisprudencia, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que sí procede conceder la suspensión provisional contra los efectos y consecuencias del penúltimo párrafo del artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, específicamente respecto de la obligación impuesta al patrón de realizar descuentos vinculados a créditos de vivienda aun cuando las personas trabajadoras se encuentren ausentes o incapacitadas, siempre que se otorgue la garantía correspondiente.
El Pleno de nuestro máximo tribunal reconoce que la aplicación de dicha disposición anticipa la probabilidad de que se imponga una obligación de pago que exceda la responsabilidad patronal, al obligar al empleador a cubrir descuentos incluso en ausencia de salario, lo cual podría generar un perjuicio de difícil reparación al implicar una posible carga económica desproporcionada.
Es importante recordar que, como también lo informamos en el “Flash Informativo 2025-12 Seguridad Social”, el INFONAVIT concedió una nueva prórroga para la implementación de la reforma, a partir del pago correspondiente al 6° bimestre de 2025, esto es, el correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2025, el cual debe realizarse a más tardar el 17 de enero de 2026, con lo cual se abre la posibilidad de interponer demandas de amparo contra de la aplicación del artículo 29 de la Ley del Infonavit.
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Francisco Gutiérrez Zamora
Ciudad de México
Enero 2026
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