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DctoFL_CIE_2026-2.PF

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Prevención de Lavado de Dinero y Anticorrupción

Modificación a las Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

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El 7 de agosto de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (en lo sucesivo, “LFPIORPI”), con lo cual se materializa la implementación de diversas obligaciones introducidas por la reforma a la citada Ley publicada el 16 de julio de 2025 y de las modificaciones a su Reglamento publicada el 27 de marzo de 2026, mencionadas en nuestros “TÓPICOS – Reforma LFPIORPI” y “Flash Informativo 2026-1”, respectivamente.

Con independencia de que en próximos días estaremos compartiendo un documento con el análisis detallado de las modificaciones que consideramos más relevantes; recomendamos que el contenido de las Reglas que nos ocupan sea revisado en lo individual para identificar oportunamente otros temas que pudieran ser de interés y que no se comentan en este Flash Informativo.

En este contexto, resulta relevante que los sujetos obligados que realizan Actividades Vulnerables revisen y evalúen oportunamente sus procesos de cumplimiento, ya que las nuevas disposiciones incorporan un enfoque más robusto de prevención de lavado de dinero basado en riesgos y fortalecen los mecanismos internos de control y, atendiendo a lo dispuesto por el Artículo Tercero Transitorio del Decreto de reforma a la LFPIORPI establecen la entrada en vigor de las nuevas obligaciones.

Entre las principales obligaciones cuya implementación queda vinculada a las Reglas de Carácter General se encuentran las siguientes:

30 de noviembre de 2026

Entrada en vigor del Acuerdo en general

Alta y registro Fideicomisos o Figuras Jurídicas

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1° de marzo de 2027

Evaluación con un Enfoque Basado en Riesgos

Clasificación del grado de riesgo de Clientes o Usuarios

Conocimiento de Clientes o Usuarios

Procedimientos de selección de personal

Actualización Manual de Políticas Internas

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6 meses posteriores a la emisión de los formatos oficiales

Avisos de 24 horas

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Primer periodo será del 1° de enero al 31 de diciembre de 2027

Capacitación anual

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El primer periodo de revisión de auditoría iniciará el 1° de enero de 2028 y concluirá el 31 de diciembre del mismo año

Auditorías para verificar cumplimiento de obligaciones

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1° de junio de 2027

Mecanismos automatizados seguimiento de operaciones

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30 de mayo de 2027

Entrega de información - sujetos que realizan la actividad vulnerable de activos virtuales

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Considerando el alcance de estas modificaciones y el incremento de las facultades de supervisión y verificación de las autoridades, recomendamos realizar una revisión integral de los programas de cumplimiento PLD/FT para identificar brechas y diseñar un plan de implementación que permita atender oportunamente las nuevas exigencias regulatorias.

Derivado de lo anterior, la Firma se pone a su disposición para analizar el impacto concreto de las modificaciones que nos ocupan en sus operaciones.

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Ciudad de México

  Agosto 2026

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