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INFONAVIT – Publicación nueva prórroga Reforma Artículo 29

2025 – 12 Seguridad Social

INFONAVIT – PUBLICACIÓN NUEVA PRÓRROGA REFORMA ARTÍCULO 29

El 10 de noviembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “AVISO por el que se hace del conocimiento del público en general el Acuerdo de modificación al plazo legal otorgado a los patrones a efecto de realizar los ajustes a sus sistemas y procesos administrativos internos para determinar, realizar y enterar los descuentos a los salarios de sus trabajadores que se destinen al pago de abonos para cubrir préstamos otorgados por el Instituto con base en la reforma del artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Ley del INFONAVIT), publicada el 21 de febrero de 2025, en los términos que se indican.”

A través de esta publicación se formaliza la nueva ampliación del plazo de implementación de la reforma al segundo o penúltimo párrafo del artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, de lo cual informamos a través de nuestro Flash 2025-9 Seguridad Social.

En el Aviso recién publicado se indica que mediante sesión extraordinaria número 920, de fecha 29 de agosto de 2025, el Consejo de Administración del INFONAVIT, aprobó por unanimidad la “Modificación del acuerdo aprobado mediante resolución RCA-14500-03/25 para ampliar el plazo para la aplicación de la Reforma al artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores”.

Conforme a lo anterior, se señala que los patrones deberán realizar los ajustes a sus sistemas y procesos para determinar, realizar y enterar en términos de la legislación aplicable, los descuentos a los salarios de sus trabajadores que se destinen al pago de abonos para cubrir préstamos otorgados por el Instituto, para aplicar esta disposición a partir del pago de salarios correspondientes al 6° bimestre de 2025; esto es, los correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2025, que deberá realizarse a más tardar el 17 de enero de 2026.

Por consiguiente, mediante este Aviso se deja sin efectos el diverso Aviso publicado el 15 de mayo de 2025 en el DOF, a través del cual se había fijado como fecha de inicio para la aplicación de la reforma al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, el cuarto bimestre de 2025 (julio-agosto), con entero de amortizaciones a más tardar el 17 de septiembre del mismo año.

Con la publicación de este nuevo Aviso se abre la posibilidad para la interposición de nuevos juicios de amparo contra la reforma al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT.

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