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El 05 de agosto de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.230724/261.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria del 23 de julio de 2024, por el que se aprobaron los Lineamientos de carácter general para la operación del Buzón IMSS, contenidos en el Anexo Único, así como la relación de trámites y servicios disponibles y por ofrecerse en el Buzón IMSS, el cual entró en vigor el 06 de agosto de 2024.
Dicho acuerdo establece nuevos lineamientos de carácter general que tienen por objeto dar a conocer los trámites y servicios disponibles en el Buzón IMSS, así como establecer las reglas para regular las actuaciones de las personas particulares y la notificación electrónica realizada a través del Buzón IMSS de actos o resoluciones administrativas emitidas por el Instituto en documentos digitales, que sean firmados mediante e.firma de la persona servidora pública competente.
Asimismo, en los lineamientos se prevé que las personas particulares tendrán asignado un Buzón IMSS, a través del cual podrán efectuar actuaciones ante el Instituto, conforme a los servicios habilitados en dicho sistema, y mediante el cual el IMSS, emitirá a los particulares, actos o resoluciones administrativas.
De igual forma, se indica que, para operar el Buzón IMSS, las personas particulares deberán registrar en la página de internet del IMSS: www.imss.gob.mx/buzonimss, mecanismos de comunicación como medios de contacto, considerando al menos una dirección de correo electrónico y hasta cinco, así como un número de teléfono móvil.
Respecto de las actuaciones, en los lineamientos se prevé que los particulares las podrán realizar en cualquier momento del día desde las 00:00 hasta las 23:59 horas; sin embargo, si se realiza una actuación en un día inhábil, el sistema considerará que la actuación se recibió al inicio del primer día hábil siguiente, de igual forma es crucial que toda la información presentada sea correcta y completa, ya que la responsabilidad de cualquier error o falta recae en el particular.
Por otra parte, todas las actuaciones realizadas a través del Buzón IMSS generarán un acuse de recibo electrónico, que servirá como prueba oficial de la recepción de documentos digitales los cuales estarán disponibles para su impresión o consulta durante un plazo de cinco años, garantizando que pueda accederse a la evidencia de la fecha y hora en que se recibió cada actuación.
Asimismo, en los lineamientos se señala la forma en que el IMSS llevará a cabo las notificaciones de actos y resoluciones administrativas a través del Buzón IMSS, haciendo hincapié en que, para recibir tales notificaciones, es necesario mantener actualizados los medios de contacto registrados en el Buzón IMSS. Dichas notificaciones se realizarán entre las 09:30 y las 18:00 horas del horario de la Zona Centro de México; sin embargo, cuando una notificación se genere fuera de ese horario o en un día inhábil, se considerará realizada a partir de las 09:30 horas del día hábil siguiente.
Sobre este punto en particular, el Acuerdo establece que antes de realizar una notificación, el IMSS enviará un aviso a los medios de contacto registrados, el cual también estará disponible en el Buzón IMSS en la sección "Mis notificaciones", por lo cual los destinatarios tendrán tres días hábiles para abrir los documentos digitales pendientes de notificar, precisando que si no se abre el documento dentro de este plazo, la notificación se considerará realizada automáticamente al cuarto día hábil de haberse enviado el aviso.
Por lo anterior, resulta importante mantener actualizados los medios de contacto registrados, así como revisar el Buzón IMSS periódicamente, ya que en caso de que los datos registrados no sean correctos o no estén actualizados, el IMSS podrá optar por realizar las notificaciones por estrados, según lo previsto en la ley.
Asimismo, se establece en el Acuerdo que el IMSS puede notificar de manera personal los actos y resoluciones administrativas que las personas servidoras públicas competentes del IMSS emitan en documentos impresos mediante el uso de la e.firma.
Derivado de lo anterior, es importante que los usuarios habiliten su Buzón IMSS y firmen los "Términos y Condiciones para el uso del Buzón IMSS" dentro de un plazo máximo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del Acuerdo (el plazo vence el 31 de enero de 2025), lo anterior toda vez que los trámites y servicios descritos en el Acuerdo se implementarán de manera gradual y el IMSS informará sobre la disponibilidad de nuevos servicios y las adecuaciones tecnológicas necesarias a través de su sitio web y otros canales de comunicación.
Por último, para aquellos que hayan iniciado trámites antes de la entrada en vigor del nuevo Acuerdo, se les permitirá concluir estos trámites utilizando el medio inicial o el Buzón IMSS, según prefieran.
Recomendamos revisar la publicación en lo individual para poder identificar oportunamente otros temas que pudieran ser de interés y que no se comentan en este Flash Informativo.
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Francisco Gutiérrez Zamora
Ciudad de México
Agosto 2024
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