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Facilidades administrativas para regularizar los títulos de concesión y asignación otorgados a los usuarios de aguas nacionales

2025 – 7 Legal Administrativo

Facilidades administrativas para regularizar los títulos de concesión y asignación otorgados a los usuarios de aguas nacionales.

El 28 de octubre de 2025, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para regularizar los títulos de concesión y asignación otorgados a los usuarios de aguas nacionales que se indican”, mismo que entró en vigor el día de su publicación y tendrá una vigencia de 6 meses.

A través del Decreto de referencia, se establece que derivado de un análisis realizado por la Conagua para un diagnóstico en aras de una genuina ordenación del régimen de concesiones y asignaciones en materia de agua, se observó la necesidad de otorgar facilidades administrativas para regularizar la situación de títulos cuya vigencia haya expirado entre el 1 de octubre de 2017 y el 1 de marzo de 2025, respecto de los que no se solicitó prórroga o la solicitud relativa se presentó fuera del plazo legalmente previsto y que se ubiquen en alguno de los supuestos siguientes:

·       Títulos de concesión de agua para usos doméstico, agrícola, pecuario y acuacultura que no excedan de 500,000.00 metros cúbicos anuales.

·       Títulos de asignación expedidos a favor de autoridades estatales o municipales incluyendo la Ciudad de México, sin importar su volumen, para contribuir a que éstas cumplan su obligación de proporcionar el servicio de agua para uso público urbano.

Se establece que los títulos de concesión y de asignación objeto del Decreto deben contar con un asiento registral o un antecedente en el Registro Público de Derechos de Agua.

Asimismo, se determinó que las personas concesionarias o asignatarias interesadas, tendrán un plazo de 6 meses, contados a partir de la publicación del Decreto, para presentar su solicitud para la adhesión a las facilidades administrativas mencionadas.

Sugerimos que el Decreto en comento sea revisado en lo individual para poder identificar oportunamente otros temas que pudieran ser de interés y que no se comentan en este Flash Informativo.

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