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Comercio Internacional

Cumplimiento Manifestación de Valor Electrónica

2025 – 15 Comercio Exterior

Cumplimiento Manifestación de Valor Electrónica

El día 8 de diciembre 2025 se publicó en el Portal del Servicio de Administración Tributaria la Séptima Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, en su Segunda Versión Anticipada; siendo aplicable en la misma fecha, de conformidad con la regla 1.2.2.

Mediante la resolución en cuestión se adicionó el Transitorio Décimo Quinto a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, el cual establece que la obligación de transmitir la Manifestación de Valor Electrónica a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM) será exigible a partir del 1º de abril de 2026.

Asimismo, se reformó la regla 1.5.1. para disponer que cuando la información declarada o la documentación anexa a la Manifestación de Valor Electrónica hubiera sido incompleta o contenga datos inexactos, se deberá generar un nuevo formato en la VUCEM, sin que por este motivo se incurra en una sanción económica.

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